Nuevo Reglamento europeo de envases (PPWR): qué deben revisar las empresas

Durante años, hablar de obligaciones sobre envases era hablar de reciclaje y declaraciones. Ese enfoque se ha quedado corto. El Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases, conocido como PPWR, se aplica con carácter general desde el 12 de agosto de 2026 y va mucho más allá: alcanza el diseño, la documentación, la reutilización y hasta el espacio vacío de las cajas de tu tienda online.

Y no, no afecta solo a los fabricantes de packaging. En Asesoría Danalo te explicamos a quién alcanza, qué fechas debes apuntar en el calendario y por dónde empezar sin volverte loco.

¿A qué empresas afecta el Reglamento europeo de envases?

A muchas más de las que parece. El PPWR abarca los envases de cualquier material, ya sean industriales, comerciales o domésticos. No descartes la norma porque no fabriques cajas o botellas: puedes encargar envases con tus especificaciones, importar productos envasados, distribuirlos, venderlos con tu marca o comercializarlos en otros países de la UE. Y según tu posición en la cadena, tus obligaciones serán unas u otras.

Fabricante y productor no son lo mismo

El fabricante es el responsable de que el envase cumpla los requisitos, y no siempre coincide con quien lo fabrica físicamente: si encargas a un tercero un envase con tus especificaciones y tu marca, puedes ser tú. Un importador o distribuidor también puede asumir obligaciones de fabricante si comercializa el envase bajo su nombre o lo modifica.

El productor, por su parte, es el concepto ligado a la responsabilidad ampliada: quién financia y organiza la gestión de los residuos. Una misma empresa puede ocupar varias posiciones a la vez según cómo comercialice sus productos.

¿Vendes online a otros países de la UE? Atento a esto

La Comisión Europea ha aclarado que una venta online directa a un consumidor de otro Estado miembro puede generar obligaciones de responsabilidad ampliada del productor en ese país. Si vendes desde España a varios mercados europeos, cumplir solo con tus obligaciones españolas puede no ser suficiente.

Envases alimentarios: límites a los PFAS desde agosto de 2026

Desde el 12 de agosto de 2026, los envases destinados a entrar en contacto con alimentos deben respetar los límites de determinadas sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS). Los envases comercializados antes de esa fecha pueden permanecer en el mercado, sin obligación general de retirada.

Si trabajas en alimentación, restauración o comercio, no te limites a preguntar al proveedor si «el envase cumple»: pide la documentación que lo acredite. La documentación técnica y la declaración UE de conformidad deben conservarse cinco años (diez para envases reutilizables), así que revisa contratos, fichas técnicas y certificados.

El calendario: no todo empieza el 12 de agosto de 2026

  • 12 de agosto de 2026: aplicación general del Reglamento y límites de PFAS en envases alimentarios.
  • 2027-2028: en restauración y comida para llevar, derecho del cliente a usar su propio recipiente sin coste (2027) y oferta de alternativas reutilizables (2028).
  • 12 de agosto de 2028: previsión general del etiquetado armonizado europeo (o 24 meses tras los actos de ejecución).
  • 2030: requisitos detallados de diseño para el reciclado, límite del 50 % de espacio vacío en envases colectivos, de transporte y de e-commerce, y prohibición de ciertos plásticos de un solo uso (porciones individuales de salsas y azúcar en hostelería, miniaturas de hoteles, determinados envases de frutas y hortalizas, bolsas muy ligeras…).

2030 puede parecer lejano, pero en términos de diseño industrial, contratos con proveedores, maquinaria y renovación de gamas, no lo es tanto. Quien diseñe hoy un envase que estará años en el mercado debería tener presente hacia dónde va la regulación: menos material, menos envase innecesario y nada de dobles fondos que aparenten más producto del que hay.

¿Estar en un SCRAP es suficiente?

No. El nuevo marco europeo no elimina las obligaciones españolas de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). Participar en un Sistema Colectivo (SCRAP) permite cumplir colectivamente la organización y financiación de la gestión de residuos, pero no cubre automáticamente el resto de obligaciones sobre el envase: conformidad, documentación técnica, diseño, etiquetado… Cada empresa debe analizar qué responsabilidades le corresponden según su posición en la cadena.

Por dónde empezar: haz un mapa de tus envases

Antes de cambiar materiales, etiquetas o proveedores, haz inventario: ¿qué envases utilizas?, ¿cuáles compras vacíos?, ¿qué productos importas ya envasados?, ¿cuáles vendes con tu marca?, ¿vendes a consumidores de otros países?, ¿usas envases alimentarios?, ¿qué documentación técnica conservas?, ¿quién figura como productor y cómo estás cumpliendo la RAP?

Sin ese mapa inicial es fácil pagar por obligaciones que corresponden a otro operador o, peor aún, dejar obligaciones propias sin atender porque das por hecho que las cumple tu proveedor.

Preguntas frecuentes sobre el PPWR

¿El Reglamento de envases solo afecta a los fabricantes de packaging?

No. Alcanza también a importadores, distribuidores, empresas que venden productos envasados con su marca y operadores de comercio electrónico, cada uno con obligaciones según su posición en la cadena.

¿Qué cambia exactamente el 12 de agosto de 2026?

Comienza la aplicación general del Reglamento (UE) 2025/40 y entran en vigor los límites de PFAS en envases alimentarios. Otras obligaciones, como el etiquetado armonizado, el límite de espacio vacío o las prohibiciones de ciertos plásticos, llegarán entre 2028 y 2030.

¿Cumplir con mi SCRAP me exime del resto de obligaciones?

No. El SCRAP cubre la gestión y financiación colectiva de los residuos, pero la empresa sigue siendo responsable de la conformidad, la documentación técnica y el resto de obligaciones que le correspondan como fabricante, importador o productor.

Si no tienes claro qué posición ocupa tu empresa en la cadena del envase o qué obligaciones te corresponden, ponte en contacto con nosotros: te ayudamos a hacer el mapa y a planificar la adaptación sin sobresaltos.