Prórroga de la rebaja del IVA de alimentos básicos y otras medidas fiscales

El 27 de junio de 2024, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto-ley 4/2024, que extiende y añade medidas para mitigar las consecuencias económicas y sociales de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo. Este decreto también incluye medidas fiscales, energéticas y sociales urgentes.

Nuevas medidas fiscales:

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)

  • Aceites de semillas y pastas alimenticias:
    • Prórroga del 5%: Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2024, se mantiene el 5% de IVA. El recargo de equivalencia sigue en 0,62%.
    • Nuevo tipo del 7,5%: Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024, el IVA sube al 7,5%, con un recargo de equivalencia del 1%.
  • Pan, huevos, quesos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales:

                          Prórroga del 0%: Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2024, se mantiene el 0% de IVA para estos                                                  productos y el aceite de oliva, cuyo IVA se reduce del 5% al 0%. El recargo de equivalencia sigue en                                              0%.

                           Nuevo tipo del 2%: Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024, el IVA sube al 2%, con un recargo de                                        equivalencia del 0,26%.

  • Aceites de oliva:

                       Tipo súper reducido del 4%: Desde el 1 de enero de 2025, el IVA para el aceite de oliva será del 4%.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  1. Libertad de amortización para vehículos eléctricos y puntos de recarga:
    • Se sustituye la amortización acelerada por una libertad de amortización para inversiones en vehículos nuevos y puntos de recarga en los ejercicios 2024 y 2025.
  2. Reserva de capitalización:
  • Incremento del porcentaje de reducción: A partir del 1 de enero de 2024, la reducción aumenta del 10% al 15% y el plazo de mantenimiento de fondos propios baja de 5 a 3 años.
  • Régimen transitorio: Este nuevo plazo de 3 años se aplica también a las reservas de capitalización cuyo plazo no haya expirado al inicio del primer período impositivo después del 1 de enero de 2024.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

  1. Reducción por rendimientos del trabajo:
    • Se incrementa la reducción por rendimientos del trabajo:
      • Para rendimientos netos del trabajo ≤ 14.852 euros: 7.302 euros anuales.
      • Para rendimientos entre 14.852 y 17.673,52 euros: 7.302 euros menos 1,75 veces la diferencia entre el rendimiento y 14.852 euros.
      • Para rendimientos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos 1,14 veces la diferencia entre el rendimiento y 17.673,52 euros.
  2. Obligación de declarar:

            El umbral de ingresos anuales para pagar IRPF sube de 15.000 a 15.876 euros, alineándose con el aumento del salario mínimo interprofesional.

  1. Deducción por residencia en La Palma:

            Se amplía la deducción por residir en La Palma durante 2024, aplicable para retenciones e ingresos a cuenta y pagos fraccionados.

  1. Libertad de amortización para vehículos eléctricos y puntos de recarga:

           Aplicable para quienes determinan sus rendimientos por estimación objetiva, con reglas específicas para la transmisión de estos bienes.

 

IMPUESTO SOBRE BIENEES INMUEBLES (IBI) e IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE) EN LA PALMA

          Se prorrogan para 2024 los beneficios fiscales en apoyo a la reconstrucción tras las erupciones volcánicas.

 

Para cualquier duda o aclaración, no dude en ponerse en contacto con Asesoría Danalo.