El 10 de septiembre de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto 893/2024, que regula la protección de la seguridad y salud para las personas empleadas del hogar y en los servicios de ayuda a domicilio. Aunque la norma ya está en vigor desde el 12 de septiembre de 2024, sus obligaciones clave no serán exigibles hasta seis meses después de que el Ministerio de Trabajo publique la herramienta de evaluación de riesgos, prevista para julio de 2025.
Este decreto busca mejorar las condiciones laborales y la prevención de riesgos en el hogar familiar. A continuación, te resumimos las novedades más importantes.
Derechos para las Empleadas del Hogar
- Prevención de riesgos laborales:
La persona empleadora deberá evaluar los riesgos en el hogar para garantizar condiciones seguras de trabajo desde el primer día y de manera periódica.
- Formación y vigilancia de la salud:
- Las trabajadoras tienen derecho a recibir formación preventiva al ser contratadas y, si surge un riesgo especial, formación adicional. Esta formación será gratuita y preferentemente dentro de su jornada laboral.
- Además, podrán acceder a reconocimientos médicos periódicos (al menos cada tres años), voluntarios y sin costo alguno.
- Derecho a paralización de actividad
Si surge un riesgo grave e inminente, la trabajadora puede suspender su actividad, avisando antes a su empleador.
- Protección contra la violencia y acoso:
La norma garantiza protección frente a cualquier forma de violencia o acoso, incluso el sexual. Si una empleada debe abandonar el domicilio por violencia, esto no se considerará dimisión ni dará lugar a despido.
Obligaciones Clave para los Empleadores
- Evaluación de riesgos:
- Los empleadores deberán realizar una evaluación inicial de riesgos y actualizarla cuando cambien las condiciones laborales o se identifiquen daños. Esta evaluación será documentada por escrito y compartida con la trabajadora.
- Herramienta online: Esta evaluación se hará a través de una herramienta digital del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), que estará disponible antes del 11 de julio de 2025.
- Equipos de protección individual (EPI):
Los empleadores deberán proporcionar los EPI necesarios de forma gratuita, asegurándose de reponerlos cuando sea necesario.
- Información sobre riesgos:
Se deberá informar adecuadamente sobre los riesgos y las medidas de prevención a la empleada. Para esto, los empleadores pueden delegar esta tarea a un familiar o contratar un servicio externo de prevención.
Peculiaridades de los Servicios de Ayuda a Domicilio
El Real Decreto también regula específicamente los Servicios de Ayuda a Domicilio (SAD), incluyendo:
- Evaluaciones presenciales en cada hogar donde se preste el servicio para identificar riesgos.
- Implementación de medidas preventivas adecuadas y consulta a los delegados de prevención para garantizar un ambiente seguro.
Próximos Pasos y Guías Técnicas
En un plazo máximo de un año, el INSST publicará una guía técnica de prevención de riesgos para el trabajo doméstico y un protocolo específico para casos de violencia o acoso.
Si tienes alguna duda sobre cómo aplicar esta normativa o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con Asesoría Danalo. ¡Estamos aquí para ayudarte!