Si has vendido tu vivienda habitual y planeabas reinvertir en una nueva, pero la reinversión no se concreta, es importante saber cómo afecta esto a la exención por reinversión en el IRPF. La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una consulta vinculante sobre este tema (V0668-24, del 15 de abril de 2024). Te lo explicamos de manera clara:
Requisitos para aplicar la exención por reinversión
Para beneficiarte de la exención por reinversión en vivienda habitual, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Vivienda habitual: La casa que vendes y la que adquieres deben ser tu residencia habitual, es decir, aquella donde hayas vivido al menos 3 años. Existen excepciones para cambios de residencia por causas justificadas (como fallecimiento, separación o traslado laboral).
- Plazo para vivir en la nueva vivienda: Debes habitar la nueva vivienda dentro de los 12 meses siguientes a la compra, salvo que existan razones que te impidan hacerlo de inmediato.
¿Qué pasa si el intento de reinversión no se completa?
En el caso de que no logres concretar la construcción o adquisición de una nueva vivienda habitual, la DGT ha sido clara: las cantidades invertidas, por ejemplo, en un terreno para construir una vivienda, no se considerarán reinversión si finalmente no se edifica una casa sobre ese terreno. Sin embargo, si posteriormente utilizas el dinero de la venta de tu anterior vivienda para adquirir otra vivienda habitual dentro del plazo de dos años, sí podrás beneficiarte de la exención.
Incumplimiento de las condiciones de reinversión
- Si se incumplen las condiciones de reinversión, la parte de la ganancia patrimonial no exenta debe tributar.
- El contribuyente debe presentar una autoliquidación complementaria con los intereses de demora correspondientes desde la fecha en que se produjo el incumplimiento.
Plazo para reinvertir
Recuerda que la reinversión debe hacerse en un plazo de dos años a partir de la venta de tu vivienda habitual, ya sea para la compra de otra vivienda o para rehabilitarla.
Financiación ajena
El Tribunal Supremo ha aclarado que puedes beneficiarte de la exención por reinversión independientemente de si financias la nueva vivienda con fondos propios o mediante un préstamo. Lo importante es que el valor de adquisición de la nueva vivienda se ajuste al importe obtenido por la venta de la anterior.
Resumimos
Si intentaste reinvertir en una nueva vivienda habitual y no lo lograste, las cantidades invertidas no aplican para la exención. Sin embargo, aún puedes aprovechar esta exención si utilizas ese dinero en otra vivienda dentro del plazo de dos años. Es clave seguir las normas establecidas para evitar problemas fiscales.
Para cualquier duda al respecto de este tema, puedes ponerte en contacto con Asesoría Danalo, estaremos encantados de ayudarte.