Modelo 347: El «chivato» de Hacienda termina el 2 de marzo. ¿Qué debes declarar para evitar sanciones?

Febrero es el mes de cuadrar cifras con clientes y proveedores. El motivo tiene nombre y apellidos: Modelo 347.

Hasta el 2 de marzo de 2026, autónomos y pymes tienen de plazo para informar a Hacienda de todas las operaciones realizadas en 2025 que superen los 3.005,06 euros. Ojo, porque este modelo es puramente informativo (no se paga nada), pero es la herramienta favorita de la Agencia Tributaria para cruzar datos. Si lo que tú declaras no coincide con lo que declara tu cliente o proveedor, el sistema informático de Hacienda hace saltar la alarma y puedes recibir una carta de comprobación.

Te resumimos los puntos clave para presentarlo sin errores.

1. La regla de los 3.005,06 € (IVA incluido)

Debes declarar a cualquier cliente o proveedor con el que hayas movido más de esta cifra en el conjunto del año 2025.

  • Importante: La cifra incluye el IVA. Si la base imponible es 2.500€ pero con IVA sube a 3.025€, estás obligado a declararlo.
  • Desglose trimestral: Hacienda pide que la información se desglose por trimestres. Por eso es vital que cuadres con tus proveedores no solo el total anual, sino cuándo se registraron las facturas.

2. La discrepancia clásica: "Yo tengo la factura en marzo y tú en abril"

Este es el error más común. Tú emites la factura el 30 de marzo (1T), pero tu cliente la recibe y registra el 2 de abril (2T).

  • ¿Qué pasa? Que tú la declaras en el primer trimestre y él en el segundo.
  • ¿Es un problema? No necesariamente. La discrepancia trimestral está justificada por la fecha de recepción, siempre que el importe anual coincida. Lo importante es que la suma total del año sea la misma para los dos.

3. ¿Quién NO tiene que presentarlo?

No todos están obligados. Te libras si:

  • Tu sede de actividad no está en España.
  • Tributas en IRPF por Módulos (Estimación Objetiva) y en IVA por Simplificado (salvo que emitas factura).
  • Tus operaciones ya han sido informadas en otros modelos (como el 190 de retenciones o el 349 de operaciones intracomunitarias). Si ya se lo has contado a Hacienda por otro lado, no lo repitas aquí.

4. Ojo con los pagos en efectivo

Si has cobrado más de 6.000 euros en metálico de un mismo cliente a lo largo del año, debes marcarlo en una casilla específica. Hacienda vigila esto con lupa para controlar el blanqueo y la economía sumergida.

5. Sanciones por datos incorrectos

Presentar el 347 con errores (NIF mal puesto, código postal erróneo o importes que no cuadran) tiene multa: 20 euros por cada dato erróneo, con un mínimo de 300 euros. Pero el verdadero riesgo no es la multa de 300 euros, sino que ese error provoque una inspección de IVA o Sociedades.

 


Cuadrar antes de enviar

El Modelo 347 es un examen de coherencia. Antes del día 2 de marzo, dedica tiempo a confirmar los importes con tus principales proveedores y clientes. Un par de llamadas ahora te pueden ahorrar un requerimiento en unos meses.

Si tienes dudas sobre qué operaciones incluir o cómo cuadrar los trimestres, en Asesoría Danalo estamos listos para revisar tus datos y evitar sorpresas.