Se avecinan cambios importantes en la jornada laboral.
El Gobierno ha aprobado un Proyecto de Ley que reducirá la jornada semanal máxima a 37,5 horas sin bajada de sueldo y que, además, refuerza el derecho a la desconexión digital, endurece las sanciones y exige registros digitales fiables.
Este cambio, aún en tramitación parlamentaria, afectará de lleno a la operativa de las empresas y exigirá un cambio de mentalidad sobre la gestión del tiempo y la comunicación laboral.
¿Qué implica esta reforma?
Si el texto se aprueba tal como está, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores se reformará para reducir la jornada máxima de 40 a 37,5 horas semanales en cómputo anual, sin que ello afecte al salario.
Una medida que busca impulsar la conciliación, el bienestar y un nuevo modelo de productividad.
Pero no viene sola. Hay muchas implicaciones prácticas que debes conocer:
Registro horario: obligatorio y digital
- Se acabaron las hojas de papel o sistemas manuales: el nuevo registro de jornada deberá ser digital, fiable, trazable y accesible para la Inspección.
- Se deberán conservar los datos durante cuatro años.
- Si no tienes sistema o está manipulado, se dará por buena la versión del trabajador.
- Será obligatorio seis meses después de la entrada en vigor de la ley.
Derecho a la desconexión: se blinda por ley
- No responder correos o llamadas fuera del horario no podrá ser motivo de sanción.
- El derecho a desconectar no es renunciable ni penalizable.
- Aplica a todas las empresas, no solo en teletrabajo.
- Se deberán regular protocolos mediante negociación colectiva, salvo excepciones justificadas.
Contratos a tiempo parcial: nueva normativa
- Se integran en el régimen general (fin del control horario específico).
- Si superan las 37,5 horas semanales → se convierten automáticamente en contratos a jornada completa.
- Se ajustan los coeficientes de parcialidad y la retribución proporcional.
Más sanciones, más exposición económica
- Las infracciones por exceso de jornada o registro incorrecto serán graves.
- Y lo más importante: se computarán por trabajador afectado.
- Las multas podrán alcanzar hasta 10.000 € por persona trabajadora.
Servicio del hogar familiar: también se adapta
- Se prevé un régimen flexible, pero con las mismas garantías de descanso y control horario que el resto del mercado laboral.
¿Cuándo entra en vigor?
Aunque la ley todavía está en tramitación, si se aprueba, estos son los plazos clave:
- Registro digital obligatorio → 6 meses tras la publicación en el BOE.
- Adaptación de convenios con jornadas superiores → antes del 31/12/2025.
- Conversión de contratos a jornada completa → automática si superan las 37,5 h/semana.
- Registro actual (manual) → válido solo durante los primeros 6 meses.
Este cambio legal refleja algo más profundo: una nueva forma de entender las relaciones laborales, más humana, más eficiente… y más exigente con las empresas.
¿Está tu empresa preparada?
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