Hasta ahora, controlar el uso del crédito sindical era terreno delicado: cualquier vigilancia sobre un representante de los trabajadores podía ser vista como un ataque a la libertad sindical.
Pero eso ha cambiado.
La sentencia del Tribunal Supremo de 7 de mayo de 2025 avala el uso de detectives privados para verificar si un delegado está usando mal su crédito horario… siempre que se respeten ciertos límites.
¿Qué se juzgaba en este caso?
Una empresa sospechaba que uno de sus delegados de personal estaba aprovechando su crédito sindical para hacer gestiones personales.
Decidió contratar a una agencia de detectives para hacer un seguimiento puntual, limitado a los días y horas del permiso solicitado.
La vigilancia no fue general ni constante, y se centró exclusivamente en ese periodo.
¿Y el conflicto legal?
El trabajador alegó que se había vulnerado su derecho fundamental a la libertad sindical.
Los juzgados de instancia le dieron la razón.
Pero el Supremo no.
¿Qué dice el Tribunal Supremo?
El alto tribunal establece que:
- La prueba es válida si hay sospechas concretas y justificadas.
No es necesario tener pruebas previas, pero tampoco puede actuarse de forma aleatoria o sin causa. - Debe respetarse la intimidad.
Nada de entrar en domicilios, grabar conversaciones privadas o seguir al trabajador fuera de su horario o ámbito profesional. - El seguimiento debe ser proporcional.
No puede ser una vigilancia continua ni centrarse en cómo ejerce su función sindical, sino en comprobar un posible abuso concreto del tiempo concedido.
En este caso, todo se hizo con proporcionalidad, respeto a la intimidad y un objetivo legítimo: comprobar un posible uso indebido del crédito horario.
¿Por qué esta sentencia es importante?
Porque rompe con la idea de que el crédito sindical es intocable.
El Supremo deja claro que sí puede controlarse, siempre que se haga bien.
👉 El artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores otorga a la empresa la facultad de comprobar que se cumplen los deberes laborales.
Eso incluye el uso correcto del crédito horario.
Y si se demuestra un uso fraudulento, puede haber consecuencias disciplinarias.
Por tanto: el crédito horario no es una carta blanca.
Si hay indicios razonables y se actúa con proporcionalidad, la empresa tiene derecho a investigar.
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