¿Organizas eventos para empresas extranjeras? Así afecta el IVA a tu facturación

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) acaba de marcar una línea clara: no es lo mismo refacturar servicios que ofrecer un servicio completo de organización de eventos.

Y si trabajas con clientes extranjeros, esta distinción puede suponer una diferencia clave a nivel fiscal.

¿Qué ha pasado?

Una empresa extranjera solicitó la devolución del IVA tras contratar a una consultora para organizar su participación en un congreso celebrado en España. Hacienda se la denegó, alegando que se trataba de una mera refacturación de gastos (hoteles, transporte, comidas…). Pero el TEAC le da la razón a la empresa.

El tribunal deja claro que, si el servicio que se presta es un todo integrado -organización, logística, reservas…- no se puede trocear a efectos fiscales.
Y eso cambia por completo el tratamiento del IVA.

¿Qué considera el TEAC un «servicio único»?

🔹 Que el cliente recibe un servicio global y coordinado, no piezas sueltas.
🔹 Que hay una única finalidad: gestionar su participación en un evento profesional.
🔹 Que el proveedor actúa como organizador, no como simple intermediario de reservas.

En estos casos:

No se aplica el régimen especial de agencias de viajes.
El servicio no se localiza en España si el cliente es una empresa no residente.
No hay que repercutir IVA español en la factura.
Se puede recuperar el IVA de los gastos, incluso si el país del cliente no tiene acuerdo de reciprocidad con España (según el art. 119 bis.3º de la Ley del IVA).

¿Qué implica para ti si organizas este tipo de eventos?
  1. Puedes facturar sin IVA español si tu cliente es una empresa extranjera y el servicio es profesional.
  2. Puedes recuperar el IVA de los gastos en los que incurras, siempre que se justifique su relación con el evento profesional.
  3. Debes documentarlo todo muy bien: contrato, descripción del servicio, facturas, etc. Hacienda analizará si lo que ofreces es realmente un servicio complejo.
  4. No podrán denegarte la devolución del IVA alegando «refacturación» sin antes analizar en profundidad el tipo de servicio que prestas.
¿Y si vendes hotel + transporte sin más?

Ahí sí se aplicaría el régimen especial de agencias de viajes, y la cosa se complica: el IVA español se aplicaría y no podrías deducir el IVA soportado igual que en un servicio profesional.


Si organizas eventos, congresos o ferias para empresas extranjeras, asegúrate de estar facturando correctamente.
En Asesoría Danalo podemos ayudarte a revisar tus casos y recuperar el IVA que te corresponde.