DEVOLUCIÓN DEL IVA SOPORTADO EN LA UE

DEVOLUCIÓN DEL IVA SOPORTADO EN LA UE

El formulario 360 se utilizará por los empresarios o profesionales que estén establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto para solicitar la devolución de las cuotas soportadas por adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en la Comunidad, con excepción de las realizadas en dicho territorio. También utilizarán este formulario los empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, para solicitar la devolución de las cuotas soportadas por adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en el territorio de aplicación del Impuesto.

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de la solicitud de devolución se iniciará el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural y concluirá el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas a que se refiera.

Lugar y forma de presentación

La presentación del formulario 360, se efectuará con carácter obligatorio por vía telemática a través de Internet. El solicitante o, en su caso, el presentador se conectará con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de Internet, en la dirección electrónica www.agenciatributaria.es,

Podrás encontrar toda la información relacionada con esta solicitud pinchando aquí.