Calendario fiscal 2025: Organiza tus obligaciones tributarias.

La Agencia Tributaria ya ha publicado el Calendario del Contribuyente 2025, una herramienta indispensable para planificar tus obligaciones fiscales de forma sencilla y eficiente. Este calendario detalla las principales obligaciones tributarias estatales, modelos de declaración y plazos, tanto periódicos como no periódicos, permitiéndote anticiparte a cada trámite y cumplir a tiempo con Hacienda. Aquí te explicamos, de forma clara y práctica, todo lo que necesitas saber.

 Aspectos a tener en cuenta del Calendario Fiscal 2025
  1. Plazos generales y días inhábiles:
    • Si la fecha de vencimiento coincide con un festivo local o autonómico, el plazo se traslada automáticamente al siguiente día hábil.
    • Excepciones: Algunos modelos, como el 369, mantienen su plazo incluso si el último día cae en fin de semana o festivo.
    • En el caso del modelo 360, el plazo se extiende al primer día hábil siguiente si el vencimiento es un día inhábil en España. Esto aplica a las devoluciones de IVA soportado por empresas de Canarias, Ceuta, Melilla o de otros Estados miembros de la UE.
  2. Fechas clave para Renta y Patrimonio 2024: Podrás presentar tus declaraciones de Renta y Patrimonio 2024 de forma online entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025.
  3. Novedad: Modelo 283
    Este nuevo modelo corresponde a la Declaración Informativa Anual de Ayudas Recibidas en el Régimen Fiscal Especial de Illes Balears:
  • Contribuyentes del IRPF o IRNR sin establecimiento permanente: Hasta el 30 de junio.
  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e IRNR con establecimiento permanente: Hasta el 25 de julio, si el ejercicio fiscal coincide con el año natural.
Opciones para Presentar Declaraciones y Autoliquidaciones

La presentación electrónica se mantiene como el principal método para cumplir con las obligaciones fiscales, con diferentes opciones de identificación:

  • Para personas físicas: Puedes usar certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve o número de referencia para presentar declaraciones y solicitudes de devolución.
  • Para empresas y grandes contribuyentes: Es obligatorio el uso de certificado electrónico para todas las autoliquidaciones y declaraciones informativas.

Además, la autenticación eIDAS permite a ciudadanos de la UE acceder a los servicios tributarios en España utilizando identificadores de su país de origen. Esto facilita especialmente las operaciones transfronterizas en modelos como el 100, 200, 202, 303 y 390.

Novedades relevantes y exoneraciones para 2025
  1. Exoneración del modelo 390:
    Están exentos de presentar esta Declaración-Resumen Anual del IVA aquellos contribuyentes que:

    • Realicen solo actividades en régimen simplificado o arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
    • Lleven sus libros de registro a través de la Sede Electrónica y completen la información adicional directamente en la autoliquidación del último período del modelo 303.
  2. Suministro Inmediato de Información (SII):
    Este sistema, obligatorio desde 2017 para grandes empresas, permite llevar los libros de registro electrónicamente. Los contribuyentes acogidos al SII están exonerados de presentar los modelos 347 y 390.
  3. Impuestos Especiales y Envases de Plástico:
  • Los fabricantes y adquirentes intracomunitarios de envases de plástico no reutilizables deben llevar la contabilidad de existencias electrónicamente.
  • Los establecimientos relacionados con los Impuestos Especiales de Fabricación deben registrar la contabilidad en la Sede Electrónica.
Domiciliación Bancaria y Autoliquidaciones

La domiciliación bancaria de autoliquidaciones ofrece flexibilidad adicional, ya que su plazo suele extenderse junto con el de presentación, en caso de coincidir con días inhábiles. Asegúrate de revisar los plazos específicos para cada modelo en el calendario fiscal.

Además, las obligaciones periódicas varían según el perfil del contribuyente:

  • Anual: Personas físicas, empresarios individuales y sociedades sin grandes volúmenes de operaciones.
  • Trimestral: Empresarios y profesionales en estimación directa u objetiva.
  • Mensual: Grandes empresas, sujetos pasivos de IVA con libros electrónicos, y Administraciones Públicas.
Consulta el calendario

El Calendario Fiscal 2025 ya está disponible para descarga y consulta. Es una herramienta esencial para planificarte y cumplir con Hacienda sin estrés.

Recuerda que puedes contar con nosotros para aclarar dudas, gestionar trámites o asegurarte de que estás al día con todas tus obligaciones tributarias.

¡Prepárate para un año fiscal sin sorpresas!