Justo cuando muchas empresas y autónomos habían asumido 2027 como la fecha límite para adaptar su programa de facturación a VeriFactu, Hacienda vuelve a mover el calendario. La intención del Ministerio es aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones de VeriFactu que todavía están pendientes y hacerlas coincidir con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.
En Asesoría Danalo te explicamos qué cambia con este anuncio, por qué se ha decidido retrasar VeriFactu, qué diferencia hay con la factura electrónica B2B y, sobre todo, qué conviene hacer ahora para no tener que pagar dos veces por adaptar tu software.
¿Cuándo entra en vigor VeriFactu tras el nuevo aplazamiento?
Respuesta corta: la previsión es que las obligaciones pendientes de VeriFactu se trasladen a octubre de 2028, en línea con la fecha general de la factura electrónica. Hasta que se publique la norma que lo confirme, las fechas oficiales siguen siendo las de 2027.
Hasta ahora, el calendario de VeriFactu fijaba dos fechas de referencia: el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, entre ellos la mayoría de autónomos y profesionales. Hacienda plantea ahora desplazar esas obligaciones hasta octubre de 2028.
El motivo es coordinar VeriFactu con la factura electrónica B2B, que ya tiene un calendario cerrado: 6 de octubre de 2027 para empresas y profesionales con un volumen de operaciones superior a ocho millones de euros y 6 de octubre de 2028, con carácter general, para el resto.
¿Por qué Hacienda retrasa VeriFactu?
La razón es práctica. Con el calendario anterior, una pyme habría tenido que adaptar su programa a VeriFactu en 2027, volver a modificarlo poco después para cumplir con la factura electrónica y, más adelante, revisarlo de nuevo para encajar los requisitos europeos del proyecto ViDA. Tres adaptaciones del mismo software en muy poco tiempo era difícil de justificar.
La nueva estrategia busca que todas esas piezas encajen a la vez. Eso sí, Hacienda ya ha avanzado que las garantías esenciales de VeriFactu se mantienen: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Lo que cambia es el cuándo, no el qué.
VeriFactu y factura electrónica no son lo mismo
Que los calendarios se acerquen no significa que las dos obligaciones se fundan en una. Conviene tener clara la diferencia:
- VeriFactu regula cómo deben funcionar los programas que utilizas para facturar. Exige que los registros no puedan alterarse, que queden trazados y que puedan remitirse a la AEAT.
- La factura electrónica B2B regula cómo se emiten e intercambian las facturas entre empresarios y profesionales: formatos estructurados, interoperabilidad y comunicación de estados (rechazo, pago efectivo, vencimiento).
Dicho de otro modo: VeriFactu mira hacia dentro de tu programa; la factura electrónica mira hacia fuera, hacia cómo te relacionas con tus clientes y proveedores.
¿Qué conviene hacer ahora con VeriFactu?
Tener más margen no significa olvidarse del asunto hasta 2028. Nuestra recomendación es la siguiente:
- Si vas a cambiar de programa de facturación o contratar un ERP, exige al proveedor que esté preparado tanto para VeriFactu como para la factura electrónica estructurada. No elijas una herramienta pensando solo en lo que necesitas hoy.
- Si ya tienes un programa, revisa qué actualizaciones incluye tu contrato de mantenimiento y si el proveedor tiene una hoja de ruta clara para ambas obligaciones.
- Revisa tu forma de trabajar. El nuevo modelo va hacia una facturación con mucha menos capacidad para modificar o reconstruir facturas a posteriori. Cuanto antes ordenes tus procesos de emisión, rectificación y cobro, más fácil será la transición.
- No precipites inversiones solo por las antiguas fechas de 2027. Espera a conocer la norma definitiva, pero asegúrate de que tu software podrá adaptarse cuando llegue el momento.
Más tiempo, pero el cambio sigue adelante
El aplazamiento es un alivio para muchas empresas y autónomos, porque permite preparar la transición con calma y evitar dos cambios tecnológicos casi seguidos. Pero la dirección no cambia: la facturación será cada vez más digital, estructurada y trazable. Lo razonable es seguir la evolución normativa, revisar los programas que utilizas y evitar decisiones apresuradas hasta que el nuevo calendario quede cerrado.
Preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de VeriFactu
¿Ya es oficial el aplazamiento de VeriFactu a 2028?
Todavía no. Se trata de un anuncio de Hacienda que deberá concretarse en una norma. Mientras tanto, las fechas vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 (Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto de obligados). Te informaremos en cuanto se publique.
¿Tengo que seguir cumpliendo algo de VeriFactu ahora?
Las obligaciones aún no han entrado en vigor, pero si adquieres o renuevas un programa de facturación conviene que ya cumpla los requisitos del Reglamento VeriFactu, porque las garantías de integridad y trazabilidad se mantendrán en términos equivalentes.
Si uso un programa que ya es VeriFactu, ¿me sirve para la factura electrónica?
No necesariamente. Son requisitos distintos. Pregunta a tu proveedor si su solución trabajará con formatos estructurados, será interoperable y permitirá comunicar los estados de la factura.
¿Afecta el aplazamiento a la factura electrónica B2B?
No. El calendario de la factura electrónica ya está fijado por la Orden HAC/1028/2026: 6 de octubre de 2027 para quienes superen los ocho millones de volumen de operaciones y 6 de octubre de 2028 para el resto.
Si tienes dudas sobre si tu programa de facturación está preparado, o quieres planificar con calma la adaptación a VeriFactu y a la factura electrónica, ponte en contacto con nosotros. En Asesoría Danalo revisamos tu situación y te decimos exactamente qué necesitas y cuándo.
