El Gobierno ha lanzado la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, un portal diseñado para regular y supervisar los alquileres de corta duración en España, adaptando la normativa nacional al Reglamento (UE) 2024/1028. Este avance responde al crecimiento del mercado de alquileres temporales y la necesidad de mayor transparencia y seguridad en las relaciones entre anfitriones, plataformas y usuarios.
El Real Decreto 1312/2024, publicado el 24 de diciembre, establece las reglas para el Registro Único de Arrendamientos y pone en marcha esta plataforma, que centralizará toda la información y garantizará un mercado más claro y confiable para todos los actores implicados.
¿Qué busca esta normativa?
- Garantizar transparencia en los datos relacionados con los alquileres temporales.
- Reforzar la seguridad jurídica para propietarios, plataformas y arrendatarios.
- Facilitar el control y supervisión del mercado por parte de las administraciones públicas.
Esta regulación aplica tanto a alquileres gestionados por plataformas digitales como a los ofrecidos directamente por anfitriones. Sin embargo, quedan excluidos los servicios de alquiler sin remuneración económica.
Principales novedades
Registro Único de Arrendamientos
- Obligatorio para todas las unidades destinadas al alquiler de corta duración.
- Cada propiedad deberá obtener un número de registro único expedido por el Registro de la Propiedad o el Registro de Bienes Muebles.
Ventanilla Única Digital
- Una plataforma centralizada que facilitará la transmisión de datos entre propietarios, plataformas y autoridades.
- Permitirá un monitoreo más eficiente de la actividad en este mercado.
Obligaciones para las personas arrendadoras:
- Registrar sus propiedades y obtener el número de registro único.
- Proporcionar información completa, como dirección, referencia catastral, tipo de unidad y capacidad máxima.
- Mantener actualizados los datos del inmueble registrado.
- Asegurarse de cumplir con las normativas locales y autonómicas.
Obligaciones para las plataformas digitales:
- Verificar que los anuncios incluyan el número de registro único.
- Informar a los anfitriones sobre las exigencias legales.
- Transmitir mensualmente los datos de actividad a la Ventanilla Única Digital.
- Retirar anuncios que no cumplan con la normativa en un plazo de 48 horas tras la notificación de las autoridades.
Fechas que no debes pasar por alto
- La normativa entra en vigor el 2 de enero de 2025.
- La aplicación plena será a partir del 1 de julio de 2025, permitiendo a propietarios y plataformas adaptarse gradualmente.
Mientras tanto, se aplicarán las normativas vigentes (estatales, autonómicas y locales) hasta que se desarrolle un régimen sancionador específico para estas nuevas disposiciones.
¿Cómo podemos ayudarte?
En nuestro despacho estamos listos para asesorarte y facilitar tu cumplimiento con esta nueva normativa. No te quedes atrás en este cambio importante. Ponte en contacto con Asesoría Danalo y asegura que tu actividad esté en regla.