Nueva Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para los alquileres de corta duración

El Gobierno ha lanzado la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, un portal diseñado para regular y supervisar los alquileres de corta duración en España, adaptando la normativa nacional al Reglamento (UE) 2024/1028. Este avance responde al crecimiento del mercado de alquileres temporales y la necesidad de mayor transparencia y seguridad en las relaciones entre anfitriones, plataformas y usuarios.

El Real Decreto 1312/2024, publicado el 24 de diciembre, establece las reglas para el Registro Único de Arrendamientos y pone en marcha esta plataforma, que centralizará toda la información y garantizará un mercado más claro y confiable para todos los actores implicados.

¿Qué busca esta normativa?
  • Garantizar transparencia en los datos relacionados con los alquileres temporales.
  • Reforzar la seguridad jurídica para propietarios, plataformas y arrendatarios.
  • Facilitar el control y supervisión del mercado por parte de las administraciones públicas.

Esta regulación aplica tanto a alquileres gestionados por plataformas digitales como a los ofrecidos directamente por anfitriones. Sin embargo, quedan excluidos los servicios de alquiler sin remuneración económica.

Principales novedades
  1. Registro Único de Arrendamientos
  • Obligatorio para todas las unidades destinadas al alquiler de corta duración.
  • Cada propiedad deberá obtener un número de registro único expedido por el Registro de la Propiedad o el Registro de Bienes Muebles.
  1. Ventanilla Única Digital
  • Una plataforma centralizada que facilitará la transmisión de datos entre propietarios, plataformas y autoridades.
  • Permitirá un monitoreo más eficiente de la actividad en este mercado.
  1. Obligaciones para las personas arrendadoras:
    • Registrar sus propiedades y obtener el número de registro único.
    • Proporcionar información completa, como dirección, referencia catastral, tipo de unidad y capacidad máxima.
    • Mantener actualizados los datos del inmueble registrado.
    • Asegurarse de cumplir con las normativas locales y autonómicas.
  2. Obligaciones para las plataformas digitales:
  • Verificar que los anuncios incluyan el número de registro único.
  • Informar a los anfitriones sobre las exigencias legales.
  • Transmitir mensualmente los datos de actividad a la Ventanilla Única Digital.
  • Retirar anuncios que no cumplan con la normativa en un plazo de 48 horas tras la notificación de las autoridades.
Fechas que no debes pasar por alto
  • La normativa entra en vigor el 2 de enero de 2025.
  • La aplicación plena será a partir del 1 de julio de 2025, permitiendo a propietarios y plataformas adaptarse gradualmente.

Mientras tanto, se aplicarán las normativas vigentes (estatales, autonómicas y locales) hasta que se desarrolle un régimen sancionador específico para estas nuevas disposiciones.


¿Cómo podemos ayudarte?

En nuestro despacho estamos listos para asesorarte y facilitar tu cumplimiento con esta nueva normativa. No te quedes atrás en este cambio importante. Ponte en contacto con Asesoría Danalo y asegura que tu actividad esté en regla.