La justicia confirma que el permiso de cinco días retribuido por familiar no puede reducirse

La Audiencia Nacional acaba de resolver un conflicto que llevaba tiempo generando dudas en muchas empresas:
¿el permiso retribuido de 5 días por intervención quirúrgica sin hospitalización de un familiar puede reducirse si el parte médico indica menos días de reposo?

La respuesta es clara: no.
Ni la empresa, ni el médico, ni el parte de reposo pueden modificar esos cinco días.

1. ¿De dónde salen esos cinco días?

El artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a ausentarse del trabajo 5 días retribuidos en caso de:

  • accidente,
  • enfermedad grave,
  • hospitalización o
  • intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario
    de un familiar hasta segundo grado.

La ley dice literalmente "por el tiempo siguiente".
Y ese "tiempo siguiente" es de cinco días exactos. No es un máximo, sino un periodo cerrado.

 

2. ¿Qué pasa si el médico indica "3 días de reposo"?

Aquí está el punto clave de la sentencia.

La Audiencia Nacional recuerda que reposo domiciliario ≠ alta médica ni recuperación total.

Que en el parte aparezcan "tres días" no significa que:

  • el familiar esté recuperado al cuarto día,
  • ya no necesite cuidados,
  • o que el trabajador no necesite seguir atendiéndolo.

Por eso la duración del permiso no depende del parte médico, sino de lo que marca la ley: cinco días retribuidos, completos.

 

3. El permiso se otorga para cuidar, no para seguir un certificado médico

El objetivo del permiso es que el trabajador pueda atender al familiar operado en casa, y esa necesidad puede continuar más allá del reposo prescrito.

La empresa no puede acortar el permiso "porque el parte solo pone tres días".
La ley está por encima del documento médico.

 

4. Se aplica a todos los casos, sin distinción

La AN también aclara que la norma no hace diferencias según la gravedad de la intervención.
Siempre que exista:

  • intervención sin hospitalización y
  • reposo domiciliario…

hay derecho a los cinco días retribuidos.

Solo en casos de fraude o abuso, demostrados posteriormente, la empresa podría actuar.

 

5. ¿Y si existe un acuerdo previo en la empresa?

Los acuerdos firmados en 2008 en empresas de Vigo y Gijón, que permitían disfrutar los cinco días de forma continuada o repartida dentro de los 15 días siguientes, siguen siendo válidos.

La clave es que el permiso sigue siendo de 5 días, independientemente de cómo se reparta.

 

Lo esencial:

  • Siempre son 5 días retribuidos. No se pueden reducir por reposo médico.
  • Se aplica a todas las intervenciones sin hospitalización con reposo en casa.
  • Basta con justificar la intervención y el reposo. No hay que "acreditar" cada día.
  • El control es posterior, si hay sospecha de fraude. No se puede denegar o limitar antes.

 

Si tienes dudas sobre cómo gestionar este permiso en tu empresa o necesitas revisar vuestro protocolo interno, estamos a tu disposición para ayudaros.