Marzo es el mes de "rendir cuentas" internacionales con Hacienda. Si durante el año 2025 has tenido cuentas bancarias, inversiones o inmuebles fuera de España, es muy probable que tengas una cita ineludible con la Agencia Tributaria antes del 31 de marzo de 2026: la presentación del Modelo 720.
Aunque la justicia europea obligó a España a suavizar las sanciones por no presentar este modelo (que antes eran auténticamente desproporcionadas), la obligación de informar sigue intacta. En Asesoría Danalo te resumimos las reglas básicas para saber si te toca presentarlo.
1. La barrera de los 50.000 euros
El Modelo 720 es una declaración puramente informativa (no pagas impuestos al presentarla). Está dividida en tres grandes bloques:
- Cuentas bancarias en el extranjero.
- Valores, seguros o rentas (acciones, fondos de inversión, etc.) gestionados fuera de España.
- Inmuebles o derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.
¿Cuándo es obligatorio? Solo tienes que informar si el valor conjunto de los bienes de alguno de estos tres bloques supera los 50.000 euros. Ejemplo: Si tienes 30.000€ en una cuenta en Alemania y 25.000€ en otra en Francia, la suma (55.000€) supera el límite y te obliga a presentar el bloque de cuentas bancarias.
2. Cuidado con los autorizados y la titularidad compartida
Un error muy común es pensar que solo los dueños al 100% deben declarar.
- Si tienes una cuenta bancaria compartida con tu pareja y el saldo supera los 50.000€, debéis declarar la cuenta entera, aunque "tu mitad" sea de 25.000€.
- Si no eres el titular del dinero, pero figuras como autorizado en una cuenta extranjera de tu empresa o de un familiar (y supera los 50.000€), también estás obligado a presentar el modelo.
3. Ya lo presenté el año pasado, ¿tengo que volver a hacerlo?
No necesariamente. Una vez que presentas el Modelo 720 por primera vez, solo tendrás que volver a presentarlo en años posteriores si ocurre alguna de estas dos cosas:
- El valor del bloque que ya declaraste ha aumentado en más de 20.000 euros.
- Has vendido o cancelado ese bien (por ejemplo, si has cerrado la cuenta bancaria o vendido la casa en el extranjero).
4. Las sanciones ya no son tan elevadas.
Durante años, olvidar el Modelo 720 implicaba multas que podían arruinar a un contribuyente (sanciones del 150%, multas fijas de 5.000€ por dato…). Afortunadamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumbó ese régimen sancionador por ser abusivo. Hoy en día, presentar el modelo fuera de plazo o con errores conlleva las multas generales de la Ley General Tributaria, que son mucho menores. Aun así, sigue siendo una obligación que Hacienda vigila con lupa cruzando datos con otros países.
Tener dinero fuera de España es totalmente legal, pero ocultarlo (o simplemente olvidar informarlo) sigue siendo motivo de sanción.
Si tienes dudas sobre cómo calcular los límites o necesitas ayuda para confeccionar el complejo Modelo 720, en Asesoría Danalo podemos ayudarte.
