Incentivos fiscales para Pymes: Lo que necesitas saber

Si tu empresa tiene una facturación anual inferior a 10 millones de euros, es considerada una empresa de reducida dimensión (ERD) y puede beneficiarse de varios incentivos fiscales que reducen su Impuesto sobre Sociedades. Aquí te explicamos los detalles de estos beneficios y cómo aprovecharlos.

¿Es tu empresa una ERD?

Para que tu empresa sea considerada ERD y pueda disfrutar de estos incentivos, su cifra de negocios del año anterior debe ser inferior a 10 millones de euros. Si perteneces a un grupo de empresas, debes considerar la cifra de negocios consolidada del grupo.

Incluso si en algún año superas los 10 millones de euros, puedes seguir disfrutando de los incentivos fiscales durante tres años adicionales, siempre que hayas cumplido los requisitos de ERD en los dos años anteriores.

Componentes para calcular la cifra de negocios

Positivos:

  1. Ventas y servicios de la actividad ordinaria.
  2. Bienes y servicios recibidos a cambio de activos no monetarios.
  3. Subvenciones que formen parte del precio de venta.

Negativos:

  1. Devoluciones de ventas.
  2. Descuentos y bonificaciones comerciales.

Principales incentivos fiscales para Pymes

  1. Libertad de amortización por creación de empleo:
  • Puedes amortizar libremente las inversiones en inmovilizado material e inmobiliario si tu plantilla media aumenta en los 24 meses siguientes a la inversión y se mantiene durante otros 24 meses.
  • El importe que se puede amortizar será el resultado de multiplicar 120.000€ por el incremento del número de empleados.
  • Si la sociedad realiza más de una actividad económica no es necesario que el elemento adquirido y el incremento de empleo se realicen en la misma actividad.

         2. Amortización acelerada:​​​​​​​

  • Puedes amortizar bienes del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias e intangibles al doble del coeficiente máximo de las tablas oficiales.
  • Los inmovilizados intangibles podrán deducirse el 150% del importe que resulte de aplicar para ellos la amortización fiscal máxima del 5% (DGT V0540-20).

​​​​​​​       3. Pérdidas por deterioro de créditos:

  • Puedes deducir pérdidas por posibles insolvencias de deudores hasta un 1% del saldo de los deudores al final del período impositivo.
  • Para los ejercicios iniciados durante 2020 y 2021, y para los contribuyentes que tengan la consideración de empresas de reducida dimensión, se reduce de 6 a 3 meses el plazo que ha de trascurrir desde el vencimiento de la obligación hasta el devengo del impuesto, para poder deducir el gasto por deterioro de créditos por la posible insolvencia de los deudores.​​​​​​​
  1. Reserva de nivelación de bases imponibles:
  • Reduce la base imponible hasta en un 10%, con un límite de 1 millón de euros.
  • Si en los siguientes 5 años tienes una base imponible negativa, esta se reducirá con la reserva dotada. Si no se usa en 5 años, se suma a la base imponible del quinto año.
  • Por el importe minorado es obligatorio dotar una reserva indisponible (cantidad de dinero que la empresa debe separar para hacer frente a ciertos imprevistos) con cargo a los beneficios del año en que se reduce la base. Si no existen beneficios suficientes en el ejercicio de reducción, deberá dotarse en los ejercicios siguientes en cuanto sea posible.

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Recuerda que estos incentivos están diseñados para apoyar a las Pymes en su crecimiento y sostenibilidad. No dudes en aprovecharlos para optimizar la carga fiscal de tu empresa.

Si tienes alguna pregunta o necesitas ayuda para aplicar estos incentivos, estamos aquí para ayudarte. Contáctanos para más información.