Despidos por causas objetivas: ¿Qué límites de exención hay en el IRPF?

Si te enfrentas a un despido por causas objetivas, es clave entender cómo afecta la indemnización a tu declaración de la renta. En algunos casos, una parte de esa indemnización está exenta de IRPF, pero hay límites que debes conocer para evitar problemas con Hacienda.

La Dirección General de Tributos (DGT), en su consulta vinculante V0010-25, ha aclarado cómo aplicar esta exención y qué sucede si la indemnización supera el máximo permitido.

¿Cuánto de tu indemnización está exento de IRPF?

La Ley del IRPF establece que la indemnización estará exenta hasta el monto obligatorio fijado en el Estatuto de los Trabajadores (ET). Esto significa que si la cantidad fue pactada en convenio, contrato o acuerdo, no se beneficia de la exención.

En los despidos objetivos (artículo 52.c del ET), la exención cubre la indemnización hasta el límite fijado para el despido improcedente, con un tope máximo de 180.000 euros.

Cómo calcular el límite exento

Depende de la fecha del contrato:

Contratos firmados después del 12 de febrero de 2012: la indemnización exenta es de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

Contratos anteriores a esa fecha: se aplica un cálculo mixto:

  • 45 días por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012.
  • 33 días por año trabajado desde entonces hasta el despido.
  • En total, no puede superar 720 días de salario (salvo excepciones).

Si tu indemnización supera estos límites, el exceso tributa como rendimiento del trabajo.

¿Y si tu indemnización es mayor?

El importe que supere el límite exento pagará IRPF, pero podrías aplicar una reducción del 30% si se cumplen estas condiciones:

🔹 Que la indemnización corresponda a más de dos años de trabajo.
🔹 Que la cantidad se declare en un solo año fiscal.
🔹 Que no hayas aplicado esta reducción en los últimos cinco años.

Este beneficio se aplica hasta un máximo de 300.000 euros anuales. Para indemnizaciones muy altas, superiores a 700.000 euros, la base de reducción disminuye progresivamente hasta desaparecer cuando supera el millón.

Cuidado con las revisiones de Hacienda

La Agencia Tributaria revisa estas indemnizaciones para comprobar que la exención se ha aplicado correctamente. Los errores más comunes incluyen:

🚨 Declarar como exenta una indemnización pactada fuera del Estatuto de los Trabajadores.
🚨 No tributar el exceso cuando supera los 180.000 euros.
🚨 Fraccionar el pago en varios años, perdiendo el derecho a la reducción del 30%.

Ejemplo práctico

Imagina que un trabajador con 20 años en la empresa, cobrando 3.000 euros al mes, es despedido por causas objetivas. La empresa le ofrece una indemnización de 40 días por año trabajado, sumando 80.000 euros.

Sin embargo, según el ET, solo 66.000 euros estarían exentos (33 días por año). Los 14.000 euros extra tributan como rendimiento del trabajo, aunque podrían beneficiarse de la reducción del 30% si se cumplen los requisitos.

Entonces…¿Cómo evitamos problemas fiscales?

✅ Comprueba que la indemnización cumple los límites del ET.
✅ Declara correctamente el exceso si supera los 180.000 euros.
✅ Valora si puedes aplicar la reducción del 30%.
✅ Guarda toda la documentación en caso de inspección.


Si tienes dudas sobre tu caso concreto,  en Asesoría Danalo podemos ayudarte a asegurarte de que todo esté en orden.