El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 28 de octubre de 2025 ha publicado la Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, que recoge la relación de fiestas laborales para el año 2026, tanto de ámbito nacional como autonómico y local.
En total, el próximo año contará con doce días festivos nacionales, de los cuales nueve serán comunes en toda España, a los que se añadirán dos festivos locales, hasta alcanzar los 14 días festivos anuales habituales.
Festivos nacionales obligatorios en toda España
Los festivos de ámbito nacional, retribuidos y no recuperables, que no pueden ser sustituidos por las Comunidades Autónomas, serán los siguientes:
- 1 de enero (jueves): Año Nuevo
- 3 de abril: Viernes Santo
- 1 de mayo (viernes): Fiesta del Trabajo
- 15 de agosto (sábado): Asunción de la Virgen
- 12 de octubre (lunes): Fiesta Nacional de España
- 8 de diciembre (martes): Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre (viernes): Natividad del Señor
Además, las Comunidades Autónomas podrán determinar otras fechas propias o sustituir algunos festivos según su tradición.
El 6 de enero (Epifanía del Señor) será festivo en todas las CCAA, según la resolución publicada.
A estos días se sumarán los dos festivos locales que fijará cada ayuntamiento, completando así el calendario laboral de cada municipio.
Puedes consultar el cuadro general de fiestas laborales de 2026 en el anexo oficial de la Resolución publicado en el BOE.
Elaboración del calendario laboral en la empresa
Recordamos que, conforme al artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores,
cada empresa debe elaborar anualmente su propio calendario laboral,
que incluya la jornada prevista en el convenio, los descansos diarios y semanales y la distribución anual de días laborales y festivos.
Este calendario debe exponerse en un lugar visible dentro de cada centro de trabajo, de modo que todos los trabajadores puedan consultarlo.
- El calendario laboral 2026 incluye nueve festivos comunes, otros autonómicos y dos locales.
- Las empresas deben elaborar y publicar su propio calendario interno antes del inicio del año.
- Consultar y planificar con antelación evita errores en la organización de jornadas y turnos.
