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Cuenta 118: La forma más rápida de meter dinero en tu empresa (y el peligro de que Hacienda se quede el 25%)

A lo largo de la vida de cualquier pyme, surgen momentos en los que hace falta reforzar la caja de manera inmediata. Ya sea para acometer un nuevo proyecto tecnológico, absorber pérdidas temporales o mejorar la solvencia de cara a pedir financiación al banco, la empresa necesita gasolina. Cuando esto ocurre, el primer instinto suele ser formalizar un préstamo socio-sociedad o meterse en el farragoso proceso de una ampliación de capital ante notario.

Sin embargo, en Asesoría Danalo siempre recordamos a nuestros clientes que existe una vía intermedia mucho más ágil y flexible: las aportaciones directas a fondos propios a través de la cuenta 118 del Plan General de Contabilidad.

Sabemos que la velocidad es crucial para aprovechar las oportunidades del mercado, pero un error de cálculo en esta cuenta contable puede hacer que Hacienda considere tu dinero como un ingreso comercial y te exija el 25% en el Impuesto sobre Sociedades. Te contamos cómo evitarlo.

  1. ¿Por qué la cuenta 118 es tan atractiva?

A diferencia de una ampliación de capital tradicional, la cuenta 118 permite inyectar dinero a la sociedad de forma casi instantánea. No requiere pasar por el notario, no necesita escritura pública ni inscripción en el Registro Mercantil. Basta con un documento de acuerdo formal en la Junta General de Socios donde se especifique que el dinero se entrega para fortalecer los fondos propios de la empresa, sin recibir a cambio nuevas participaciones ni generar una deuda que la empresa deba devolver.

  1.  La proporcionalidad es sagrada

Hacienda y el ICAC consideran que estas operaciones son totalmente neutras en impuestos, siempre y cuando se cumpla una condición inquebrantable: que todos los socios aporten dinero exactamente en la misma proporción que su porcentaje de acciones.

El verdadero «problema» fiscal empieza cuando un socio pone más dinero que los demás porque tiene más liquidez en ese momento. Al romper la proporcionalidad, la Agencia Tributaria cambia de criterio radicalmente:

  • La parte proporcional al porcentaje del socio se considera fondo propio (libre de impuestos).
  • Todo el exceso aportado por encima de su porcentaje se reclasifica como una donación o liberalidad.

Para la empresa, ese exceso se convierte en un ingreso neto que sumará en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Si un socio asume en solitario una inyección de 100.000 € cuando solo posee el 60% del capital, la empresa tendrá que tributar al 25% por los 40.000 € sobrantes. Un «regalo» que le costará al negocio 10.000 € en impuestos adicionales, más intereses y sanciones.

  1. El peligro a la hora de recuperar el dinero

Las aportaciones de la cuenta 118 no tienen por qué quedarse en la empresa para siempre; si las cosas van bien, se pueden devolver. El tratamiento fiscal que le da Hacienda es idéntico al de la prima de emisión: reduce el valor de compra de tus participaciones y solo tributa si recuperas más de lo que invertiste en su día.

Sin embargo, hay una trampa legal mercantil que pocas familias y socios prevén: salvo que los estatutos de la empresa digan lo contrario, la devolución del dinero se distribuye por ley según el porcentaje de participación actual de cada socio, independientemente de quién pusiera el dinero originalmente. Si metiste fondos tú solo para salvar la empresa, el día que se devuelvan, tu socio se llevará su parte correspondiente sin haber puesto un solo euro.

 

 

La cuenta 118 es una herramienta financiera brillante para las pymes por su rapidez, pero ejecutarla sin calcular los porcentajes de reparto o sin un pacto de socios que regule su devolución futura es una temeridad fiscal y societaria.

En Asesoría Danalo nos encargamos de cuidar de tu estructura empresarial y de tus decisiones financieras para que sigas creciendo con seguridad.