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Cambia la cotización del preaviso en los despidos objetivos

En la gestión diaria de los recursos humanos, cuando una empresa toma la difícil decisión de realizar un despido objetivo (por causas económicas, organizativas o de producción), el factor tiempo es crucial. Lo habitual en la inmensa mayoría de las pymes no es hacer trabajar al empleado durante los 15 días de preaviso legal, sino abonarle esos días en el finiquito para que el cese sea inmediato y evitar tensiones en el centro de trabajo.

Hasta la fecha, esa compensación económica por no conceder el preaviso se consideraba indemnizatoria y, por tanto, estaba exenta de cotizar a la Seguridad Social.

En Asesoría Danalo sabemos que cualquier pequeño cambio en los seguros sociales impacta de lleno en la cuenta de resultados. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) acaba de publicar el Boletín RED 08/2026, cambiando las reglas del juego de la noche a la mañana. Te explicamos cuánto te va a costar esta nueva interpretación.

  1. Del finiquito exento al salario computable

La Seguridad Social argumenta ahora que el Estatuto de los Trabajadores separa claramente la indemnización por despido (que sigue exenta hasta los límites legales) de la compensación por falta de preaviso. Para la TGSS, abonar los días de preaviso no disfrutados es un concepto equivalente al salario ordinario.

¿La consecuencia directa? A partir de este momento, el dinero que pagues a un trabajador por no darle el preaviso deberá integrarse obligatoriamente en la base de cotización. Esto encarece automáticamente la operación, ya que la empresa tendrá que sumar la cuota patronal correspondiente sobre esos 15 días pagados de más.

  1. Cambios informáticos y el nuevo código CRA 0054

Este cambio administrativo no solo exige más dinero en la liquidación, sino que altera la forma en la que debes comunicar el cese a la Administración.

Dentro del Sistema RED, la TGSS exige declarar estas cantidades bajo el concepto retributivo CRA 0054, rebautizado ahora como «INDEM. DESPIDO/CANTIDADES FALTA PREAVISO». Si tu departamento de Recursos Humanos o tu programa de nóminas sigue enviando los seguros sociales con el formato antiguo, el sistema rechazará la liquidación o te enviará una reclamación de cuotas con recargo meses después.

  1. ¿Qué debes revisar en tu empresa antes de un despido?

Ante este nuevo sobrecoste, la estrategia de Recursos Humanos debe calcular muy bien qué opción conviene más a la tesorería de la empresa:

  • Abonar la falta de preaviso: Asumir la indemnización + los 15 días de salario + las nuevas cuotas a la Seguridad Social sobre esos 15 días.
  • Conceder el preaviso laboral: Notificar al trabajador con 15 días de antelación para que los trabaje (con la licencia retribuida de 6 horas semanales que le otorga la ley para buscar empleo), cotizando únicamente por su nómina ordinaria.

 

El procedimiento legal del despido objetivo no ha cambiado, pero su factura fiscal y laboral sí. Sostener la práctica habitual por pura inercia sin actualizar tus programas de nómina dará lugar a liquidaciones complementarias y expedientes sancionadores por parte de la Inspección de Trabajo.

Si necesitas reestructurar tu plantilla o calcular los costes reales de un despido objetivo con la nueva normativa, en Asesoría Danalo podemos ayudarte con toda la gestión.