Igualdad en la empresa: la Inspección intensifica el control

La Inspección de Trabajo ha activado una campaña específica para comprobar si las empresas están cumpliendo con sus obligaciones en materia de igualdad.
Y no es algo puntual: el control se está intensificando y continuará a lo largo de todo 2025.

¿Qué están revisando exactamente?

El foco está en las empresas que están obligadas a tener un Plan de Igualdad. Es decir:

  • Las que tienen 50 o más personas trabajadoras
  • Las que lo tienen recogido en su convenio colectivo
  • O lo tienen impuesto por alguna norma específica

El Plan no solo debe existir: tiene que estar registrado, actualizado y aplicándose de verdad.

¿Qué documentación pide la Inspección?

Estas son algunas de las pruebas que pueden solicitarte:

  • Plan de Igualdad negociado y aprobado conforme al RD 901/2020
  • Justificante de inscripción en el REGCON (Registro Público de Planes de Igualdad)
  • Actas de negociación y reuniones de seguimiento
  • Auditoría retributiva y valoración de puestos de trabajo (según RD 902/2020)
  • Registro salarial anual desglosado por sexo, categoría y grupo de cotización
  • Protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo
  • Plan o medidas específicas LGTBI (si hay más de 50 trabajadores)

👉 No tener esta documentación, o tenerla desactualizada, puede costarte hasta 225.018.
Y además: puedes perder ayudas, bonificaciones y el derecho a contratar con la Administración Pública.

¿Qué más se inspecciona?

La Inspección no se queda en el papel. También comprueba:

  • Que el Plan incluya medidas reales, con calendario, responsables y seguimiento
  • Que se actúe si hay brecha salarial, desigualdad o segregación ocupacional
  • Que exista un comité o una estructura de revisión
  • Que el contenido del Plan se haya comunicado a la plantilla
  • Y si hay una brecha salarial superior al 25 %, que exista una justificación documentada y objetiva

Ojo: incluso si tu empresa no está obligada a tener un Plan, sí estás obligado a respetar el principio de igualdad, tener protocolo de acoso y contar con un registro retributivo.

Sanciones más frecuentes
  • 📌 No tener Plan de Igualdad (si es obligatorio): hasta 225.018
  • 📌 No tener registro salarial: hasta 7.500
  • 📌 Brecha salarial sin justificar > 25 %: hasta 7.500, salvo que haya discriminación grave
  • 📌 No aplicar el Plan, no comunicarlo o no evaluarlo: sanciones acumulables + pérdida de ayudas + impacto en la reputación
¿Qué deberías revisar ahora mismo?

Si tu empresa entra dentro de las obligadas, asegúrate de:

  1. Tener el Plan actualizado y registrado en REGCON
  2. Contar con registro retributivo y auditoría salarial al día
  3. Poder acreditar el proceso de negociación
  4. Disponer de protocolos frente al acoso y medidas LGTBI
  5. Tener implantadas medidas reales, no solo intenciones

¿Tienes dudas sobre si tu empresa cumple?
En Asesoria Danalo podemos ayudarte a revisarlo todo y a evitar riesgos innecesarios.
Contacta con nuestro equipo y te asesoramos.