La Inspección de Trabajo ha activado una campaña específica para comprobar si las empresas están cumpliendo con sus obligaciones en materia de igualdad.
Y no es algo puntual: el control se está intensificando y continuará a lo largo de todo 2025.
¿Qué están revisando exactamente?
El foco está en las empresas que están obligadas a tener un Plan de Igualdad. Es decir:
- Las que tienen 50 o más personas trabajadoras
- Las que lo tienen recogido en su convenio colectivo
- O lo tienen impuesto por alguna norma específica
El Plan no solo debe existir: tiene que estar registrado, actualizado y aplicándose de verdad.
¿Qué documentación pide la Inspección?
Estas son algunas de las pruebas que pueden solicitarte:
- Plan de Igualdad negociado y aprobado conforme al RD 901/2020
- Justificante de inscripción en el REGCON (Registro Público de Planes de Igualdad)
- Actas de negociación y reuniones de seguimiento
- Auditoría retributiva y valoración de puestos de trabajo (según RD 902/2020)
- Registro salarial anual desglosado por sexo, categoría y grupo de cotización
- Protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo
- Plan o medidas específicas LGTBI (si hay más de 50 trabajadores)
👉 No tener esta documentación, o tenerla desactualizada, puede costarte hasta 225.018 €.
Y además: puedes perder ayudas, bonificaciones y el derecho a contratar con la Administración Pública.
¿Qué más se inspecciona?
La Inspección no se queda en el papel. También comprueba:
- Que el Plan incluya medidas reales, con calendario, responsables y seguimiento
- Que se actúe si hay brecha salarial, desigualdad o segregación ocupacional
- Que exista un comité o una estructura de revisión
- Que el contenido del Plan se haya comunicado a la plantilla
- Y si hay una brecha salarial superior al 25 %, que exista una justificación documentada y objetiva
Ojo: incluso si tu empresa no está obligada a tener un Plan, sí estás obligado a respetar el principio de igualdad, tener protocolo de acoso y contar con un registro retributivo.
Sanciones más frecuentes
- 📌 No tener Plan de Igualdad (si es obligatorio): hasta 225.018 €
- 📌 No tener registro salarial: hasta 7.500 €
- 📌 Brecha salarial sin justificar > 25 %: hasta 7.500 €, salvo que haya discriminación grave
- 📌 No aplicar el Plan, no comunicarlo o no evaluarlo: sanciones acumulables + pérdida de ayudas + impacto en la reputación
¿Qué deberías revisar ahora mismo?
Si tu empresa entra dentro de las obligadas, asegúrate de:
- Tener el Plan actualizado y registrado en REGCON
- Contar con registro retributivo y auditoría salarial al día
- Poder acreditar el proceso de negociación
- Disponer de protocolos frente al acoso y medidas LGTBI
- Tener implantadas medidas reales, no solo intenciones
¿Tienes dudas sobre si tu empresa cumple?
En Asesoria Danalo podemos ayudarte a revisarlo todo y a evitar riesgos innecesarios.
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