COVID-19. NUEVA NORMATIVA EN LA CIUDAD DE VALENCIA 14 AGOSTO

COVID-19. NUEVA NORMATIVA EN LA CIUDAD DE VALENCIA 14 AGOSTO

Se adjunta nueva normativa de aplicación en la ciudad de Valencia en la que se ha decidido aacordar con carácter transitorio las siguientes medidas en la ciudad de Valencia durante un periodo de 14 días naturales desde la fecha de publicación de la presente resolución. 

1. Medidas de limitación de horario y aforos y medidas de prevención por sectores: 

– En establecimientos y servicios de hostelería y restauración, se asegurará la distancia física de 1,5 metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. Esta distancia de 1,5 metros deberá́ estar medida entre las personas más próximas de las diferentes mesas o agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas. 

– Se permite el acceso al interior y el servicio en barra, con distancia física de 1,5 metros entre clientes o grupos de clientes. En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes o grupos de clientes, tanto en mesas como en barra del interior del establecimiento, así como en el exterior de dichos establecimientos. 

– Los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deberán cerrar no más tarde de la 01.30 horas, sin que pueda permitirse el acceso de clientes ni expedir consumición alguna desde esa hora. A partir de las 00.00 horas, el consumo en el exterior de los locales se realizará exclusivamente en el espacio delimitado y autorizado para las terrazas, sentados en mesas y cumpliendo los aforos previstos, no resultando por tanto posible la consumición de los productos o bebidas del establecimiento fuera del área limitativa de la terraza. Estas medidas son de aplicación todos los días de la semana, incluidos los festivos. 

– En zonas comunes de hoteles y alojamiento turísticos, el aforo máximo de cada una de las zonas comunes será del 60 %. Las activida- des de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 25 personas. 

– En actividades y espectáculos culturales al aire libre, el aforo máximo será del 60 % de su capacidad autorizada, Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física. El uso de mascarilla será obligatorio, aunque se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros (salvo en el caso de unidades de convivencia, que podrán sentarse en localidades contiguas); el público deberá permanecer sentado y se requerirá asiento preasignado. 

– Las actividades de los locales de discotecas y establecimientos de ocio nocturno se llevarán a cabo con un 60 % de su aforo, sin pistas de baile y con mesas en su lugar. Este tipo de establecimientos deberán cerrar no más tarde de las 01.30 horas, sin que pueda permitirse el acceso de clientes ni expedir consumición alguna desde esa hora. A partir de las 00.00 horas, el consumo en el exterior de los locales se realizará exclusivamente en el espacio delimitado y autorizado para las terrazas, sentados en mesas y cumpliendo los aforos previstos, no resultando por tanto posible la consumición de los productos o bebidas del establecimiento fuera del área limitativa de la terraza. Estas medidas son de aplicación todos los días de la semana, incluidos los festivos 

– En los centros o parques comerciales a partir de las 00.00 horas se transitará por las áreas comunes exclusivamente para acceder o salir de los locales de hostelería o de ocio que hubiera, no pudiendo permanecer ni consumir en dichas áreas. 

– No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos (denominado coloquialmente «botellón») ajeno a los establecimientos de hostelería o similares. 

2. Medidas de restricción de agrupaciones familiares y sociales en el ámbito privado: 

Se establece un máximo de personas por grupo en reuniones familiares o sociales, en espacios privados, de hasta 15 personas. 

            RECORDAD QUE HA SALIDO HOY EL MINISTRO DE SANIDAD INDICANDO QUE SE PUBLICARÁ EN BREVE LAS NUEVAS RESTRICCIONES A NIVEL NACIONAL QUE EN PRINCIPIO TENDRÁN LOS SIGUIENTES ALCANCES:

  • PROHIBIDO FUMAR SI NO SE PUEDE MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD EN LA CALLE.
  • LIMITAR AL MÁXIMO LOS ENCUENTROS SOCIALES.

CIERRE DE LOCALES DE OCIO NOCTURNO Y DISCOTECAS, en concreto, además, las autoridades sanitarias han resuelto este viernes que el horario de todos los restaurantes y locales se modifique: el cierre será a la 1 de la madrugada y no podrán aceptar clientes después de las 12 de la noche. En todos los establecimientos de hostelería, restauración, terrazas y bares/restaurantes de playa habrá que garantizar en todo momento que haya una distancia mínima entre las personas de 1,5 metros en el servicio en barra y entre las mesas, en las que como máximo podrán reunirse 10 personas.

En cuanto salga publicada la nueva normativa al respecto os informaremos.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,