Cuando se publican nuevas tablas salariales, muchas empresas se hacen la misma pregunta:
«Si mis empleados ya cobran por encima del convenio, ¿tengo que volver a subirles el sueldo?»
La respuesta está en el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores: la compensación y absorción.
Este mecanismo permite neutralizar las subidas del convenio con el exceso que ya cobra el trabajador. En la práctica, el salario final puede quedar congelado sin necesidad de incrementar costes.
¿Cómo funciona?
Imagina este caso:
- Un empleado cobra 2.200 € al mes: 1.400 € de salario base + 800 € de mejora voluntaria.
- El nuevo convenio fija un salario base de 1.600 €.
¿Qué ocurre?
- Subes el salario base de 1.400 € a 1.600 € (obligatorio).
- Reduces la mejora voluntaria en esos 200 €.
- Resultado: el trabajador sigue cobrando 2.200 € (1.600 € base + 600 € de mejora).
Lo que no se puede hacer: compensar el salario base con pluses como nocturnidad, peligrosidad o transporte. Solo vale entre conceptos homogéneos.
¿Y si nunca he aplicado la compensación?
- Que no lo hayas hecho en años anteriores no significa que exista un «derecho adquirido» por parte del trabajador.
- El Supremo recuerda que la compensación y absorción es un derecho legal de la empresa, y puede aplicarse en cualquier momento siempre que se documente correctamente.
Recomendaciones prácticas
- Incluye cláusulas en los contratos dejando claro que la empresa podrá aplicar la compensación cada año.
- Pacta por escrito qué complementos podrán ser compensables, incluso comisiones o incentivos.
- Revisa tu convenio, algunos limitan este mecanismo.
- Comunica con transparencia a la plantilla para evitar malentendidos.
En definitiva, la compensación y absorción es una herramienta útil para mantener el equilibrio retributivo sin que las subidas del convenio disparen costes cuando los salarios ya están por encima de lo pactado.
Si tienes dudas sobre cómo aplicarla en tu empresa, desde Asesoría Danalo podemos revisarlo contigo y darte la seguridad jurídica que necesitas.