Estos son las obligaciones fiscales del mes de agosto 2020:
- 20-08-2020 Hasta el 20 de agosto
- Renta y Sociedades
- IVA
- Impuestos Especiales de Fabricación
- Impuesto Especial sobre la Electricidad
- RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
– Julio 2020. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
- IVA
– Julio 2020. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
– Mayo 2020(*). Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
– Mayo 2020. Grandes empresas: 561, 562, 563
– Julio 2020: 548, 566, 581
– Segundo trimestre 2020(*). Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
– Segundo trimestre 2020. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563
– Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
– (*) Fábricas y Depósitos fiscales que hayan optado por suministrar los asientos contables correspondientes al primer semestre de 2020 a través de la Sede electrónica de la AEAT entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020.
- IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
– Julio 2020. Grandes empresas: 560
– Julio 2020. Autoliquidación: 303
– Julio 2020. Grupo de entidades, modelo individual: 322
– Julio 2020. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
FUENTE: ADADE CENTRAL